Equipaje
- ¿Qué hago con mi equipaje cuando vuelvo del exterior?
Si traes cosas que superan los valores permitidos, tenés que completar una declaración jurada digital. Para descargar el formulario de la declaración jurada podés ingresar a www.afip.gob.ar, usar la aplicación para dispositivos móviles o las terminales de autogestión. También tenés que completar la declaración jurada si ingresás:- Mercaderías reguladas por SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).
Dinero en efectivo o instrumentos monetarios por un valor igual o mayor a 10 mil dólares estadounidenses.
- Mercaderías reguladas por SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).
- ¿Qué pasa si no puedo completar el formulario digital?
Tenés que completar un formulario en forma manual. Se lo podés pedir a las autoridades de aduana.
Compras en el exterior
- ¿Qué hago si no compré nada en el exterior o compré por un valor menor al máximo que se puede ingresar sin pagar impuestos?
Vas hacia la vía que se llama “No tiene para declarar”. En esa vía pueden controlar tu equipaje o no controlarlo. - ¿Qué hago si compré cosas en el exterior por un valor mayor al máximo que se puede ingresar sin pagar impuestos?
Vas hacia la vía que se llama “Tiene para declarar”. En esa vía, el personal de aduana va a controlar los bienes que declaraste. - ¿Qué pasa si no declaro los bienes que compré en el exterior por un valor mayor al que se puede ingresar sin pagar impuestos?
El servicio aduanero hará un acta, secuestrará esos bienes y hará la denuncia.
Valores permitidos
- ¿Cuál es el valor de las cosas que se pueden ingresar al país sin pagar impuestos? Si viajas en avión o por vía marítima:
- 500 dólares las personas mayores de 16 años.
- 250 dólares las personas menores de 16 años.
- ¿Cuál es el valor de las cosas que se pueden ingresar al país sin pagar impuestos? Si viajás por tierra o por un río:
- 300 dólares las personas mayores de 16 años.
- 150 dólares las personas menores de 16 años.
- ¿Cómo se calcula el valor de las cosas si somos un grupo familiar?
Las familias (matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años) pueden usar los valores permitidos de manera conjunta aunque hayan comprado un único bien. Por ejemplo, si una madre y su hijo menor de 16 años compraron algo por un valor de 750 dólares, se suma el valor permitido de la madre (500 dólares) al del hijo menor de 16 años (250 dólares). En eso caso, la familia no tiene que declarar ni pagar nada. - Si viajo al exterior más de una vez en un mismo mes, ¿puedo usar los valores máximos permitidos en cada uno de mis viajes?
No. El valor máximo permitido para traer cosas del exterior se puede usar una sola vez por mes. - ¿Qué debo hacer si compré en el exterior por un valor mayor al que se permite ingresar sin pagar impuestos?
Declarar los bienes en el formulario digital.
Pagar una suma de dinero igual a la mitad del valor que supera el valor máximo permitido. Por ejemplo: si compraste por un valor de 600 dólares, superaste en 100 dólares el valor permitido y tenés que pagar 50 dólares. - ¿Cuánto puedo comprar en las tiendas libres de impuestos (free shops)?
Podés comprar cosas hasta un valor de 500 dólares. Si comprás por más de ese valor, tenés que pagar un impuesto igual a la mitad del exceso de tu compra. Por ejemplo, si compraste cosas por un valor de 600 dólares, te excediste en 100 dólares y tenés que pagar 50 dólares.
Artículos electrónicos
- ¿Cuánto debo pagar si compré un celular en el exterior?
Nada. Podés ingresar un celular, una computadora portátil o una tablet sin pagar aranceles porque se consideran artículos de uso personal.